Jubileo de la basílica de la Virgen del Soto
Por Redacción • 28 jun, 2009 • Sección: Actualidad, Vida diocesana
Con ocasión del 250º Aniversario de la inauguración de la Basílica de la Virgen del Soto (1759-2009), la Penitenciaria Apostólica de la Santa Sede ha concedido en dicha Basílica un Jubileo de 50 días, desde el 28 de junio al 15 de agosto de este año 2009. La apertura oficial del Jubileo tendrá lugar este domingo 28 de junio, a las doce del mediodía, en la Misa presidida por Mons. Francisco Pérez. La clausura será el 15 de agosto en la Misa que celebrará en el “Templo jubilar” don Javier Azagra, obispo emérito de Cartagena-Murcia. Jubileo significa júbilo, regocijo, alegría. Se abre, así, para todos los fieles cristianos un período de 50 días de júbilo y alegría, de gracia y conversión, de arrepentimiento y perdón.
Concesión de la indulgencia plenaria
Por disposición de la Penitenciaría Apostólica de la Santa Sede los fieles cristianos que asistan el día 28 de junio a la Misa que, Dios mediante, celebrará nuestro arzobispo, don Francisco Pérez, en la basílica de la Virgen del Soto, recibirán la Bendición papal y podrán ganar la Indulgencia plenaria, tanto para sí como para los fieles difuntos, cumpliendo las condiciones exigidas. Podrán también ganar la Indulgencia plenaria durante todo el tiempo jubilar.
¿Qué es la Indulgencia plenaria?
Es una gracia espiritual. La gracia más importante que podía venirnos de Roma. Indulgencia significa perdón integral, condonación total. Propiamente la indulgencia es “la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los Santos” (Código de D. Canónico, canon 992). La indulgencia puede ser parcial o plenaria, según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente. En este caso se nos ha concedido la Indulgencia plenaria.
¿Cómo obtener la Indulgencia plenaria?
Las condiciones para obtener la indulgencia son las habituales:
1. Confesión sacramental (que se podrá realizar hasta 15 días antes o después).
2. Comunión eucarística (que se podrá realizar hasta 15 días antes o después).
3. Oración por las intenciones del Papa.
4. Exclusión todo apego al pecado.
5. Asistencia a Misa o recitación por lo menos del Padrenuestro y el Credo.
¿Quien puede ganar la Indulgencia plenaria?
1. Los fieles que asistan a Misa en la Basílica de la Virgen del Soto desde el 28 de junio hasta el 15 de agosto inclusive.
2. Los que visiten durante ese tiempo el “Templo jubilar” y dediquen un tiempo prudencial a la oración, rezando el Padrenuestro, el Credo y alguna invocación a la Santísima Virgen.
3. Los fieles incapacitados, por enfermedad u otra causa legítima que les impida acudir a la Basílica de la Virgen del Soto, asociándose espiritualmente y cumpliendo en la medida posible las condiciones habituales.
¿Tiempo para ganar la Indulgencia plenaria?
Desde el 28 de junio hasta el 15 de agosto de 2009, inclusive tanto la fecha inicial como la final.
Facilidades para confesarse
Para que los fieles puedan confesarse y participar con mayor facilidad de tan celestiales favores, los sábados durante las misas de seis y media y ocho de la tarde habrá un confesor extraordinario. Asimismo podrán confesarse a diario antes y después de las misas.
